El Gobierno aprobó la Ley de Emergencia en Discapacidad y estableció los procedimientos para implementar un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinadas a personas con discapacidad. La medida quedó formalizada a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei.
Un fallo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana declaró inválido el decreto previo que había suspendido la aplicación de la ley por falta de financiamiento y ordenó su ejecución inmediata. Aunque el Estado apeló la sentencia, la resolución judicial obligó al Poder Ejecutivo a reglamentar la norma en un plazo de 30 días.
El decreto define los criterios de acceso al nuevo régimen, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios y los procedimientos administrativos y de control. Según los considerandos, el sistema deberá articularse con las políticas de inclusión laboral y con las reglas de compatibilidad de ingresos, para evitar superposiciones y garantizar una aplicación coherente.
Además, la norma consolida cambios institucionales al incorporar formalmente a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del Ministerio de Salud.
También, se instruye a la Secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica del nuevo régimen y a presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días. A su vez, se dispone la conversión automática de las pensiones no contributivas vigentes a la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, previa identificación y verificación de las prestaciones alcanzadas.

